Desea destacar, para promocionar sus productos o servicios, las ventajas medioambientales de los mismos. Este método de comunicación está enmarcado y sujeto a sanciones cuando no se domina.
La norma ISO 14-021 define las alegaciones medioambientales como “menciones símbolos o gráficos que indiquen un aspecto medioambiental de un producto, componente o envase”.
Estas afirmaciones pueden ser visibles en el embalaje, en la etiqueta de los productos para su comercialización, con el fin de garantizar la información del consumidor.
La información facilitada debe ser clara, proporcionada, inequívoca y justificada mediante elementos precisos, basados en pruebas científicas o métodos reconocidos que el profesional deberá justificar en caso de control.
Si esta comunicación tiene un impacto real, debe tener un impacto ambiental significativo en relación con los efectos generados por el producto o por el servicio. Además, el beneficio reclamado no debe conducir a desplazamientos de contaminación creando o agravando otros impactos ambientales del producto.
El respeto de esta fiabilidad es especialmente importante ya que las sanciones son relativamente severas, ya que una alegación que no es fiable puede caracterizar una práctica comercial engañosa Este delito está penalizado; es decir, el profesional potencialmente puede ser castigado con una pena de prisión de 2 años, una multa de 300.000 € y esta pena se agrava en la circunstancia de la alegación ambiental, ya que puede elevarse potencialmente al 80% del presupuesto publicitario en cuestión.
GOUACHE aguacate, le aporta su experiencia para posicionarse como su socio privilegiado que le permite garantizar el cumplimiento y la fiabilidad de su comunicación ambiental.