La normativa relativa a los productos alimenticios introducidos en el mercado exige el establecimiento de un etiquetado claro y preciso con el fin de informar lo mejor posible al consumidor.
Las obligaciones en materia de etiquetado de los productos alimenticios se establecen en el Reglamento (UE) nº1169/2011.
De manera general, las etiquetas de los productos alimenticios deben permitir una información objetiva recogiendo una serie de informaciones prescritas, para no alterar el comportamiento económico del consumidor medio, y deben estar redactadas en francés.
La DGCCRF define el concepto de producto preenvasado para su venta inmediata como “ ciertos productos, más sensibles por razones de higiene, envasados o envasados con antelación para proteger las unidades de venta con el objetivo de servir más rápidamente a los clientes cuando la demanda es más urgente o como parte de un autoservicio de productos preparados en el sitio. »
Los productos preenvasados deben llevar en su etiquetado:
- la denominación de venta que define el producto,
- la lista de ingredientes presentados en orden decreciente de peso,
- Los ingredientes alergénicos deben destacarse;
- la cantidad de ciertos ingredientes,
- la cantidad neta del producto en volumen o masa,
- La fecha límite de consumo (DLC), con todas las letras.
- – el grado alcohólico volumétrico adquirido para las bebidas con un contenido de alcohol superior al 1,2% vol;
- la identificación del operador bajo cuyo nombre se comercializa el producto, que debe estar establecido en la Unión Europea, y los datos de contacto del centro de embalaje, si el envasado del producto es realizado por un proveedor;
- el número del lote de fabricación;
- el modo de uso, siempre que sea necesario, y/o sus condiciones específicas de almacenamiento;
- una declaración nutricional.
- el origen de determinados productos alimenticios,
- El origen del ingrediente primario.
Cuando los productos preenvasados se comercializan en línea, la información obligatoria mencionada anteriormente sigue siendo obligatoria en la hoja de presentación del producto, con exclusión de la DDM/DLC, que puede proporcionarse solo en el momento de la entrega, antes de la conclusión de la venta a distancia y luego en la entrega.
Desde el 1de
En enero de 2022, el etiquetado debe permitir informar a los consumidores sobre la presencia o el carácter disruptor endocrino, estas sustancias capaces de interferir con el sistema endocrino en un producto.
Cualquier incumplimiento de las normas de etiquetado expone al infractor a multas de hasta 1500€, para una persona física y hasta 7500 €,o 15 000€ en caso de reincidencia en el plazo de un año, para una persona jurídica.
Estas multas de carácter punitivo pueden acumularse y aplicarse tantas veces como infracciones se hayan cometido.
En caso de engaño, pena de prisión de 2 años y multa de 300.000 €. Las penas que acompañan al delito de engaño se acentúan (hasta 5 o incluso 7 años de prisión y de 600 000 € a 750000 € demulta) en presencia de ciertas circunstancias agravantes.
Las personas físicas culpables de delitos de engaño también incurren en prohibiciones de ejercicio (función pública, actividad profesional o social, profesión comercial o industrial… Estas penas son acumulativas.
En GOUACHE Avocats, como especialistas en derecho de consumo y normas específicas de comercialización, ponemos a su disposición una oferta pragmática y operativa para asegurar sus etiquetas y asistencia, en caso de control de la DGCCRF.
En la fase de elaboración de sus etiquetados, auditamos sus propuestas para garantizar su conformidad, tanto en cuanto a las reglas generales aplicables, como a las reglas específicas según el producto, controlando al mismo tiempo las alegaciones y la información empleada. También realizamos esta misión de auditoría en cuanto a las descripciones propuestas en sitios de comercio electrónico.
Gracias a una experiencia probada en materia de controles de la DGCCRF, le asistimos durante las diferentes fases de la investigación, y para agilizar los recursos necesarios, según el curso elegido por la represión del fraude.