:: Cualquier anormalidad física;
Los signos distintivos son aquellos elementos que permiten a terceros identificar una empresa, sus productos y/o servicios.
Se encuentran principalmente los siguientes elementos:
– la marca ;
EL NOMBRE COMERCIAL
– el rótulo;
– la carta gráfica (logotipo, soportes de comunicación, embalaje de los productos, embalajes, etc.);
– el concepto arquitectónico (identificación visual de un punto de venta: características arquitectónicas, colores, elementos de mobiliario, etc.):
– marketing olfativo y audiovisual.
Constituyen signos de captación de clientes y permiten, en las redes de distribución, caracterizar la pertenencia a una marca.
Las cabezas de red deben asegurarse de preservar su especificidad y distintividad protegiendo sus signos distintivos, en particular gracias al derecho de propiedad intelectual. Se trata, por ejemplo, de registrar su marca como marca o de asegurarse de disponer de los derechos de autor sobre los elementos que componen la carta gráfica y el concepto arquitectónico. Dicha protección permite a la cabecera de red actuar contra terceros que utilizan de manera fraudulenta los signos distintivos sobre los que dispone de derechos de propiedad intelectual (acción de falsificación o acción de competencia desleal).