Contrato de reserva
Antes de la firma del contrato de distribución, redunda en interés de ambas partes que se vinculen mediante un contrato de reserva calificado también de «contrato de pre-franquicia».
Por lo general, se utiliza para reservar el territorio al franquiciado a la espera de que este se beneficie de un acuerdo de financiación bancaria.
Las obligaciones estipuladas en este tipo de contrato suelen ser las siguientes:
- el Franquiciador se compromete a no conceder derechos sobre el territorio, objeto del contrato, a otro candidato a la franquicia,
- el franquiciado se compromete a mantener la confidencialidad de la información a la que haya tenido acceso durante la fase precontractual,
- el franquiciado emprende los trámites para encontrar un local, un préstamo bancario…, paga una parte del derecho de entrada al franquiciador.