Publicidad
La publicidad es una comunicación destinada a promover el suministro de bienes y servicios. El Tribunal de Casación define de forma constante la publicidad como « un medio de información destinado a permitir al cliente potencial formarse una opinión sobre las características de los bienes o servicios que se le ofrecen »(Cass.crim., 14 de octubre de 1998, recurso de casación nº 98-80527; Cass. crim., 15 de mayo de 2012, recurso de casación nº11-83301; Cass.com., 6 de mayo de 2008, recurso de casación nº 04-19713).
Los anunciantes tienen libertad en el contenido de los mensajes publicitarios difundidos.
Sin embargo, según indicó la CSI, había algunas restricciones.
– algunos anuncios están prohibidos o enmarcados:
- están prohibidas, en particular, las publicidades relativas al tabaco o al sector médico;
- la publicidad relacionada con medicamentos, juegos de azar o créditos al consumo debe cumplir ciertas condiciones para ser legal;
- la publicidad realizada por ciertas profesiones está enmarcada (ejemplo: publicidad de abogados sujeta al cumplimiento de normas éticas);
– toda la publicidad debe respetar ciertos principios, entre los que destaca la lealtad, cuyo objetivo es proteger los intereses económicos de los consumidores. En este contexto, la publicidad no debe constituir una práctica comercial desleal, engañosa o agresiva en el sentido de las disposiciones del Código del Consumidor. Además, la publicidad debe respetar principios más generales y no atentar contra la dignidad humana, ser discriminatoria ni injuriosa.
Existen normas específicas que regulan determinados tipos de publicidad. Este es particularmente el caso de la publicidad comparativa que, para ser lícita, debe respetar las disposiciones de los artículos L.121-8 y siguientes del Código del Consumidor. La publicidad realizada en Internet también debe respetar la privacidad de los usuarios de Internet, así como las normas relativas a la protección de datos personales.
La publicidad se difunde en numerosos soportes que siguen sus propias reglas. La publicidad exterior deberá respetar las disposiciones del Código del Medio Ambiente, por ejemplo. La publicidad audiovisual está controlada por el Consejo Superior Audiovisual (CSA) y debe ser objeto de una declaración previa antes de su difusión.
La ARPP (Autoridad de Regulación Profesional de la Publicidad) garantiza la regulación profesional de la publicidad en Francia. Su objetivo es conciliar la protección de los consumidores y la libertad de expresión de los anunciantes.