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Elección del proveedor de electricidad

El coste de la electricidad ha aumentado considerablemente en los últimos tiempos, por lo que se plantea la cuestión para los tomadores de cambiar de proveedor pudiendo practicar tarifas más competitivas.

Pero, ¿pueden hacerlo cuando el arrendador les impone un proveedor?

En su caso, ¿quiénes son los responsables de los trabajos de conexión que permiten beneficiarse de un punto de entrega de electricidad?

Para responder a estas preguntas, conviene combinar la legislación de los arrendamientos comerciales y las disposiciones derivadas del derecho de la energía.

En materia de arrendamiento comercial, el artículo 1719 del Código Civil establece el principio de la obligación de entrega del arrendador.

El artículo 1170 del Código Civil, resultante de la reforma del derecho de obligaciones de 10 de febrero de 2016, establece que «Toda cláusula que prive de su sustancia a la obligación esencial del deudor se considerará no escrita».

En relación con esta obligación, la jurisprudencia recuerda que el arrendador puede transferir ciertas obras al arrendatario, siempre que esta transferencia no exima al arrendador de su obligación de entrega y esto, sujeto a una estipulación expresa (Cas. 3er civ., 3 de mayo de 2007, Bull. civ. III, n° 66; Cass. 3ème civ., 27 de septiembre de 2011, n° 10-24065; Cass. 3ème civ., 26 de enero de 2022, n° 18-23578).

Además, el artículo R. 145-35 del Código de Comercio recuerda que no pueden imputarse al arrendatario los gastos relativos a las grandes reparaciones mencionadas en el artículo 606 del Código Civil, así como, en su caso, los honorarios relacionados con la realización de estas obras.

Desde el punto de vista de la legislación sobre la electricidad, hay que recordar las disposiciones del artículo L. 331-1 del Código de la Energía, modificado por la Ley de 8 de noviembre de 2019, que ahora establece que «Cualquier cliente que compre electricidad para su propio consumo o que compre electricidad para revenderla tiene derecho a elegir su proveedor de electricidad».

Asistimos a nuestros clientes en la implementación de una solución amistosa con los arrendadores, permitiendo a los inquilinos comerciales elegir su proveedor de electricidad.

Stéphane Ingold

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