Fijación de precios

El Código de Comercio define como práctica delictiva el hecho de imponer un carácter mínimo a un precio o a un margen comercial. La prohibición se aplica a cualquier persona, es decir, física o moral, comerciante o no, que pueda participar en dicha práctica.

Se refiere al precio de un producto, un bien, una prestación de servicios o un margen comercial.
En el contexto de las redes de franquicias, el problema surge en la medida en que el franquiciador y el franquiciado actúan como una empresa independiente. Por lo tanto, el franquiciador no puede imponer a su franquiciado los precios que desea que se apliquen en la red.

Por lo tanto, la solución con franquicia es la de los precios recomendados que escapan a la regulación de los precios impuestos. Sin embargo, el franquiciador debe tener cuidado porque, en caso de una armonización flagrante de los precios practicados en la red en todo el territorio, la Administración podrá ver en ello una práctica encubierta de precios mínimos impuestos.
Cabe destacar que la práctica de precios máximos impuestos es totalmente legal.

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