Documento de Información Precontractual (DIP)
El DIP es un documento elaborado por la marca y comunicado al candidato a la entrada en la red de distribución, que enumera la información obligatoria en aplicación del artículo L. 330-3 del Código de Comercio que codificó la ley del 31 de diciembre de 1989 conocida como Ley DOUBIN.
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La entrega del DIP al candidato es obligatoria al menos 20 días antes de la firma del contrato de distribución, siempre que este contrato prevea la puesta a disposición de un signo distintivo (nombre comercial, marca) y estipule obligaciones de exclusividad o cuasi exclusividad a cargo del distribuidor, todo ello a cambio de la existencia del pago de una suma de dinero.