Réduction_des_charges_du_bail_commercial

Controlar la refacturación de los gastos de alquiler en un contrato de arrendamiento comercial

Usted es inquilino, tiene un contrato de arrendamiento comercial y ha pagado durante el año provisiones sobre gastos.
Su arrendador le reclama el pago de cargas complementarias que no parecen exigibles ni en cuanto a su naturaleza ni en cuanto a su cuantía.

Puede exigir a su arrendador que justifique la regularización anual y le envíe los documentos que justifiquen la naturaleza y el importe de los gastos adicionales reclamados.

Su arrendador no puede reclamarle el pago de todos los gastos.

Si su contrato de arrendamiento se firmó o renovó antes de la entrada en vigor de la Ley PINEL, es decir, el 5 de noviembre de 2014, la jurisprudencia considera que solo se deben pagar las cargas previstas expresa y precisamente en el contrato de arrendamiento.

Si su contrato de arrendamiento se ha concluido o renovado después de esta fecha, el arrendador debe tener en cuenta no solo el inventario preciso y limitativo de las categorías de gastos recuperables que figuran en el cuerpo del contrato de arrendamiento o en el anexo al mismo, sino también la jurisprudencia según la cual solo se deben los gastos previstos expresa y precisamente en el contrato de arrendamiento.

La regularización anual de los gastos es una oportunidad para controlar los posibles pagos excesivos al arrendador.

Teniendo en cuenta que su contrato de arrendamiento se firmó antes o después de la reforma, nuestra firma controla la facturación de los gastos realizada por su arrendador, así como su regularización anual.

Hemos implementado una metodología para identificar los errores de facturación y, si es necesario, recurrimos al servicio de una empresa especializada (en particular, tenemos una asociación privilegiada con CRISTAL DECISIONS).

En el caso de que haya pagado a su arrendador cargos que le incumben, podremos obtener su reembolso.

La acción judicial de reembolso deberá iniciarse en el plazo de 5 años a partir de la fecha en que se haya efectuado la última regularización de los gastos (según la jurisprudencia, solo la regularización de los gastos permite al tomador determinar la existencia de un indebido).

A falta de regularización, el plazo de 5 años puede ampliarse para recuperar los gastos pagados indebidamente durante un período más largo.

 

Nicolas Pchibich

Abogado asociado

Responsable "Immobilier commercial"

Stéphane Ingold

Abogado asociado

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Charges excessives : courrier de contestation

Une argumentation technique et illustrée de dispositions du code de commerce et de jurisprudences récentes est notifiée par notre cabinet à votre bailleur pour solliciter selon le problème rencontré, les régularisations des comptes de charges (monopropriété) ou les redditions des charges (copropriété), ainsi que les justificatifs nécessaires, à la suite des provisions versées par le locataire commercial.

A défaut de réponse satisfaisante du bailleur, les provisions pour charges versées pourraient être restituées au locataire et ce, a minima sur les cinq dernières années, le point de départ de la prescription quinquennale étant fixé à la date de la régularisation de charges adressées et non à compter de leur paiement par provision.

Ce courrier d’avocat vaut sommation de communiquer et tendra en premier lieu à chercher une solution amiable (réduction des charges pour le passé et pour l’avenir).

149.90€

Une argumentation technique et illustrée de dispositions du code de commerce et de jurisprudences récentes est notifiée par notre cabinet à votre bailleur pour solliciter selon le problème rencontré, les régularisations des comptes de charges (monopropriété) ou les redditions des charges (copropriété), ainsi que les justificatifs nécessaires, à la suite des provisions versées par le locataire commercial.

A défaut de réponse satisfaisante du bailleur, les provisions pour charges versées pourraient être restituées au locataire et ce, a minima sur les cinq dernières années, le point de départ de la prescription quinquennale étant fixé à la date de la régularisation de charges adressées et non à compter de leur paiement par provision.

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