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Publicación de ejes prioritarios para la aplicación del Reglamento de Ecodiseño

En una publicación de 16 de abril de 2025, la Comisión Europea estableció la lista de prioridades para los años 2025-2030 para la aplicación del Reglamento de diseño ecológico de 13 de junio de 2024.

En una publicación de 16 de abril de 2025, la Comisión Europea estableció la lista de prioridades para los años 2025-2030 para la implementación del Reglamento de Ecodiseño de 13 de junio de 2024.

El Reglamento (UE) 2024/1781 de 13 de junio de 2024 establece un marco para el establecimiento de requisitos en materia de de ecodiseño para productos sostenibles.
Este Reglamento modifica la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542, y también pretende derogar la Directiva de diseño ecológico 2009/125/CE, cuyo ámbito de aplicación se limitaba a los productos relacionados con la energía.

A diferencia de esta Directiva, el nuevo Reglamento se aplica a «cualquier bien físico que se introduzca en el mercado o se ponga en servicio, incluidos los componentes o productos intermedios» de conformidad con su artículo 1er.  Este Reglamento prevé exclusiones como alimentos, medicamentos o vehículos.

El nuevo Reglamento ha evolucionado considerablemente, en su Artículo 5 y Anexo I, las criterios de sostenibilidad ydiseño ecológico mediante el establecimiento de nuevos criterios, como la durabilidad, reparabilidad de losproductos ,
la facilidad de mejora o reutilización, la  parte de contenido reciclado o la lucha contra la obsolescencia programada.

El objetivo de este nuevo Reglamento es establecer un marco en materia de ecodiseño y requerirá la adopción de actos delegados específicos para cada categoría de productos. Así, a partir de la publicación de los actos delegados, la industria dispondrá de un plazo mínimo de 18 meses para cumplirlos (artículo 4, apartado 4). El primer acto delegado adoptado en virtud del presente artículo no entrará en vigor antes del 19 de julio de 2025.

En esta inquietud, la Comisión Europea definió los ejes prioritarios en la aplicación del Reglamento en un plan de trabajo publicado el 16 de abril de 2025. Como recordatorio, el artículo 18.5 del Reglamento ya estaba destinado a establecer una primera lista de prioridades, que la Comisión Europea ha especificado como parte de su plan de trabajo.

De hecho, la Comisión Europea ha considerado que se debe dar prioridad a cuatro productos finales:

  • Textiles y electrodomésticos , cuya fecha de vencimiento es 2027
  • Mobiliario, cuya fecha de vencimiento es 2028
  • Neumáticos, cuyo vencimiento está fijado en 2027
  • Colchón, cuya fecha de vencimiento es 2029

En cuanto a la categoría de productos intermedios, la Comisión Europea ha dado prioridad al hierro y al acero, así como al aluminio, para un vencimiento respectivo en 2026 y 2027.

Por último, se esperan dos actos jurídicos destinados a establecer requisitos horizontales sobre la reparabilidad y el contenido reciclado y reciclabilidad de equipos eléctricos y electrónicos.

Parece que la Comisión Europea ha excluido algunos productos, contemplados en el artículo 18 de su primer plan de trabajo, que son detergentes, pinturas y lubricantes, calzado y productos químicos.

Por último, la Comisión ha centrado su plan de trabajo en la necesidad de responsabilizar al consumidor mediante una información clara a través del pasaporte digital, pero también mediante la colocación de una etiqueta ESPR en los productos (como es el caso de los productos relacionados con la energía que tienen una etiqueta energética).

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